martes, 30 de mayo de 2017

Roca Trías (Vicepresidenta del tribunal Constitucional) destaca el “interés del menor” en las nuevas tendencias en Custodia Compartida.



“El menor no tiene capacidad de decisión, ni capacidad económica, ni abogado que defienda sus intereses en el procedimiento, siendo la parte más débil”

La encargada de abrir el ciclo de conferencias de la VIII Jornadas Jurídicas de Ceuta, fue Encarnación Roca Trías, Vicepresidenta del Tribunal Constitucional, que habló sobre las nuevas tendencias en Custodia Compartida.

Así, quiso dejar claro que la jurisprudencia del Tribunal Supremo trabaja con una serie de criterios en relación a la interpretación del significado del “interés del menor”, en los litigios sobre guarda y custodia compartida. En este sentido, los criterios se centran en la práctica anterior de los progenitores en sus relaciones con el menor y sus aptitudes personales, los deseos manifestados por los menores competentes, el número de hijos, el cumplimiento por parte de los progenitores de sus deberes en relación con los hijos y el respeto mutuo en sus relaciones personales y el resultado de los informes exigidos legalmente, y, en definitiva, cualquier otro que permita a los menores una vida adecuada en una convivencia que forzosamente deberá ser más compleja que la que se lleva a cabo cuando los progenitores conviven.

La redacción del artículo 92 del Código Civil no permite concluir que este tipo de guarda pueda ser considerada como una medida excepcional, sino que al contrario, debería considerarse la más normal, porque permite que sea efectivo el derecho que los hijos tienen a relacionarse con ambos progenitores, aun en situaciones de crisis, siempre que ello sea posible y en tanto en cuanto lo sea (Sentencia del Tribunal Supremo de fecha de 25 de mayo de 2012).

En su ponencia, Roca Trías  hizo hincapié, básicamente, en que a la hora de decidir acerca de este asunto debía ponerse por encima de todo el interés de protección del menor, analizando caso por caso y señalando con insistencia la necesidad de huir de posturas paternalistas por parte de los jueces. “Los jueces estamos para solucionar problemas y no para enseñar ética”, afirmó. Parece ser que muchos magistrados actúan condicionados por su convencimiento de que los menores van a estar mejor con las madres, olvidando la conveniencia que tiene que se relacionen por igual con ambos progenitores siempre que ello sea posible de acuerdo a las circunstancias. Ese planteamiento paternalista, les impide afrontar los supuestos de hecho con el equilibrio necesario para ponderar todos los intereses en juego, y principalmente los del menor.

En este sentido, la vicepresidenta del Tribunal Constitucional manifestó que “el menor no tiene capacidad de decisión, ni capacidad económica, ni abogado que defienda sus intereses en el procedimiento, siendo, en consecuencia, la parte claramente más débil”.


miércoles, 24 de mayo de 2017

UNA FOTO QUE SE EXPLICA POR SI SOLA 

"Custodia Compartida, otra forma de Violencia de Genero" 



Aunque antigua nos ha llegado esta foto que no queríamos dejar de compartir con vosotros. Las protagonistas de semejante despropósito son Lola Fernández Gutiérrez (Concejala socialista del Ayuntamiento de Málaga) presentando a la ponente Pilar Palomo Blanco (Abogada de la asociación de Mujeres Juristas 'Themis' ) en un acto público en 2013 en Málaga.

SURGE UN MOVIMIENTO DENTRO DE IU QUE CUESTIONA LA LINEA QUE IU MANTIENE CON RESPECTO A LA CUSTODIA COMPARTIDA


Al fin parece que algo se mueve en IU. Un grupo de militantes empieza a pedir un debate abierto por la Custodia Compartida cuestionando la verdad oficial única hasta ahora. 

¡¡ANIMO COMPAÑEROS!!

IZQUIERDA UNIDA MEZCLA LA CUSTODIA COMPARTIDA CON LA VIOLENCIA DE GÉNERO - Otro Despropósito más, ¿Qué sera lo siguiente?


Una vez mas desde IU y el Área de la Mujer de este partido político arremeten contra la Custodia Compartida, pero esta vez han llegado mas lejos mezclando la Custodia Compartida con la violencia contra las mujeres en el cartel de la manifestación de este Jueves. 

Sres y Sras de Izquierda Unida:

¿Acaso para Uds los padres divorciados son presuntos maltratadores por el solo hecho de ser hombres? 

¿Es este su concepto de Igualdad?

¿Privar a los niños del contacto con sus padres no les parece violencia? 

MAITE MOLA NO MOLA NADA


"..la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Dolors Montserrat, indicó que aboga por la inclusión de la figura de custodia compartida en el Código Civil, una modalidad que considera que ha de normalizarse pero no imponerse de manera automática.
Al respecto, Izquierda Unida ha afirmado que nunca apoyará un desarrollo legislativo que contemple la imposición de la custodia compartida, ya que supondría "un retroceso en los avances conquistados por las mujeres".
Si no existe un acuerdo de cooperación entre los padres, los efectos de la custodia compartida "son muy negativos para la autonomía y los derechos de las mujeres, dado que se las obliga a mantener un tipo de relación con el padre que pueden no desear", ha indicado en un comunicado la responsable federal del Área de la Mujer de IU, Maite Mola..."
¿Desde CCI nos preguntamos si es que la posición de los militantes y simpatizantes de IU concuerda con estas declaraciones? Sabemos que no es asi e invitamos a difundirlas y cuestionarlas como corresponde. 

Se habla de feminismo atacando la Custodia Compartida que es el mejor ejemplo posible de corresponsabilidad de papas y mamas.

¿Acaso desde IU se prefiere que las mamás separadas se hagan cargo de los cuidados de los niños y los papás queden relegados a pagar las facturas? ¿Es este su modelo de igualdad?

Mención aparte merece la afirmación de que la madre puede no desear mantener ningún tipo de relación con el padre.. Sra. Mola, ¿se olvida acaso Ud de que los deseos de la madre de no ver a su expareja no son mas importantes que el derecho de hij@s y padres a tener una relación normal?

¿Quizás han olvidado Uds Srs. y Sras. de IU que los niños son lo que realmente importa en todo este asunto? ..que vergüenza!!!

La derecha adelanta por la Izquiera a la Izquierda.. bueno no a toda.. 

"Compromís, PP y Cs reivindican esta modalidad como la «más deseable» con el rechazo de PSPV y Podemos" 05/04/2017

"PSPV y Podemos votando en contra y Compromís a favor junto al Partido Popular y Ciudadanos. Este rocambolesco resultado se dio ayer en las Cortes a la hora de votar una iniciativa en defensa de la custodia compartida como modalidad «más deseable» ante una separación o divorcio, para hacer prevalecer el interés del menor."  

Desde CCI saludamos la valentía de Compromis y animamos al resto de fuerzas políticas de la Izquierda a tomar nota.


martes, 8 de marzo de 2016

jueves, 25 de febrero de 2016

PSOE Y CIUDADANOS NO INCLUYEN LA CUSTODIA COMPARTIDA EN SU ACUERDO.

PSOE Y CIUDADANOS NO INCLUYEN LA CUSTODIA COMPARTIDA EN SU ACUERDO.


Lamentablemente hemos podido constatar que PSOE y CIUDADANOS no solo no han incluido la Custodia Compartida en el acuerdo ratificado, sino que en el texto solo se hace una pequeña mención en la que ciudadanos se reserva el derecho a impulsar... Se nos ha hecho llegar información en el sentido de que ha sido precisamente el PSOE quién durante la negociación, se negó a mencionar este tema en el acuerdo. 

Por lo tanto lamentamos profundamente que ni quien lo lleva en su programa electoral (CIUDADANOS), ni quien por ideología (PSOE) debería ser precisamente más sensible a una causa justa y necesaria como lo es la Custodia Compartida, sean capaces de darle la prioridad que este tema necesita. Una vez mas parece ser que los hijos de padres y madres separados no son aún una prioridad en la política de este país. 

Desde Custodia Compartida desde la Izquierda, no queremos caer en el negativismo y animamos a todos los partidos políticos a tener en cuenta la Custodia Compartida en los pactos y negociaciones que estos días están llevando acabo para gobernarnos a todos, también a nuestros hijos.




viernes, 19 de febrero de 2016

A continuación reproducimos el comentario publicado por reputado letrado Luis Miguel Almazán respecto a la Sentencia del Tribunal Supremo STS 753/2016 que versa sobre la corta edad de los hijos en lo referente a la CC:


STS 753/2016 de 30 de diciembre La corta edad del hijo no obstaculiza la custodia compartida

Comentario de la ASESORÍA JURÍDICA


NI LA CORTA EDAD DEL HIJO NI LA CONDICIÓN DE "NIÑO MALETA" IMPIDEN LA CUSTODIA COMPARTIDA


En nuestra anterior entrada hablábamos de dos nuevas Sentencias de 2016 en las que se incidía por enésima vez en que la custodia compartida debe establecerse como lo normal y deseable y no como una excepción.

Pues bien, de 2015 nos dejábamos una Sentencia en el tintero que sale a la luz ahora, STS 753/2015 de 30 de diciembre, y aunque redunda nuevamente en la doctrina jurisprudencial del Supremo con respecto a la custodia compartida, tiene aspectos novedosos e interesantes:
La Sentencia de instancia, a pesar de reconocer la idoneidad de ambos progenitores, rechazaba establecer un sistema de custodia compartida para el hijo, principalmente por la edad del menor (3 años) y "en evitación de excesivos traslados y cambios de domicilio desestabilizantes" (el constante cambio de residencia del menor en una custodia compartida convirtiéndole en un "niño maleta", suele ser utilizado para defender el establecimiento de una custodia monoparental).
Sin embargo, nuestro más Alto Tribunal establece la custodia compartida puesto que:
- La sentencia de instancia no concreta el interés del menor, porque reconoce la idoneidad de ambos progenitores y sin embargo no concede la custodia compartida en base a la escasa edad (3 años). Al respecto dice el Fundamento de derecho segundo: "La sentencia recurrida petrifica la situación del menor, en razón a su escasa edad, pese a lo cual establece un amplio régimen de visitas, impidiendo la normalización de relaciones con ambos progenitores con los que, a partir de un sistema de guarda y custodia compartido, crecerá en igualdad de condiciones, matizada lógicamente por la ruptura matrimonial de sus padres."
- La supuesta adaptación a las medidas provisionales no solo no es especialmente significativa, dada su edad, sino que puede ser perjudicial en el sentido de que impide avanzar en las relaciones con el padre "a partir de una medida que esta Sala ha considerado normal e incluso deseable, porque permite que sea efectivo el derecho que los hijos tienen a relacionarse con ambos progenitores, aun en situaciones de crisis, de una forma responsable. Lo que se pretende es aproximar este régimen al modelo de convivencia existente antes de la ruptura matrimonial y garantizar al tiempo a sus padres la posibilidad de seguir ejerciendo los derechos y obligaciones inherentes a la potestad o responsabilidad parental y de participar en igualdad de condiciones en el desarrollo y crecimiento de sus hijos, lo que parece también lo más beneficioso para ellos ( SSTS 19 de julio 2013 , 2 de julio 2014 , 9 de septiembre 2015 )." (Fundamento de derecho segundo)
- Porque la custodia compartida fomenta un compromiso mayor y una colaboración de sus progenitores que saque de la rutina una relación simplemente protocolaria del padre no custodio con sus hijos que, sin la expresa colaboración del otro, termine por desincentivarla tanto desde la relación del no custodio con sus hijos, como de estos con aquel.
- En cuanto a la deslocalización del menor, la Sentencia manifiesta que los cambios de domicilio son una consecuencia inherente a la separación física de los padres. Fundamento de derecho segundo: "En tercer lugar, las sentencias de 11 de marzo 2010 y 7 de julio 2011 rechazaron el criterio de la "deslocalización" de los niños para no aplicar la guarda y custodia compartida, por ser los cambios de domicilio una consecuencia inherente a este tipo de guarda, que hay que decidir precisamente cuando los padres han acordado no vivir juntos."


Luis Miguel Almazán

Abogado de familia

jueves, 18 de febrero de 2016

La custodia compartida no exime del pago de pensión El Supremo obliga a un padre a contribuir en la manutención de sus dos hijas menores aunque comparta custodia con la progenitora



talle de la fachada del Tribunal Supremo. Uly Martín

El Tribunal Supremo ha declarado que el sistema de custodia compartida de los hijos no exime del pago de una pensión de alimentos si existe desproporción entre los ingresos de ambos cónyuges. La Sala primera ha revisado el caso de una pareja divorciada en Sevilla, y obliga al padre a pasar una pensión a su exesposa para la manutención de sus dos hijas menores, ya que la madre no trabaja y no tiene ingreso alguno. Ha rechazado, además, que esa pensión pueda limitarse temporalmente "pues los menores no pueden quedar al socaire de que la madre ".

La sentencia no acepta la demanda del padre que establece que al tener custodia compartida, ya no es necesario el pago de alimentos, ya que cada progenitor debe hacerse cargo de estos gastos durante el tiempo que tenga a los menores en custodia. Se mantiene el pronunciamiento de la sentencia recurrida en cuanto determina que los alimentos se mantienen sin limitación temporal e igualmente acepta que la pensión compensatoria se mantendrá durante tres años. El Supremo estima que una limitación temporal tiene sentido en una pensión compensatoria, como estímulo en la búsqueda de ocupación laboral, pero no tiene cabida en los alimentos a los hijos. El Alto Tribunal estima parcialmente el recurso interpuesto por el padre contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla, dictada en octubre de 2014, y confirma una sentencia dictada en 2013 que establece la custodia compartida de las hijas. El Supremo indica que ambos padres tienen capacidad para educar a sus hijos y que con la custodia compartida se fomenta la integración de los menores con sus progenitores, se evita el sentimiento de pérdida y estimula la cooperación de los padres en beneficio de los menores.


miércoles, 30 de diciembre de 2015

Durante el matrimonio la tenencia de los hijos es compartida. Cuando la pareja se divorcia, comienza el rol de visitante del padre


Tenencia compartida

Durante el matrimonio la tenencia de los hijos es compartida. Ambos padres ejercen la guarda o custodia de los mismos

Cuando la pareja se divorcia el peor problema a resolver suele ser la tenencia de los hijos. Se entiende tenencia, custodia o guarda como los cuidados y protección directa que los padres desarrollan hacia sus hijos. Implica convivencia, atención diaria y contención afectiva.

La tenencia es física mientras que la patria potestad se refiere al conjunto de derechos y deberes que derivan del ejercicio de la paternidad. A cualquier progenitor involucrado con sus hijos, la sola idea de separase de ellos y convertirse en un "visitante", le provoca un dolor intenso, una desesperación profunda y un desconcierto abrumador, crisis que suele conducir a situaciones de impotencia y autodestrucción personales. La ley y la jurisprudencia establecen que para hijos menores la tenencia es de la madre. Reformas de la década del 80 establecen que la patria potestad la detenta quien ejerce la tenencia, completando el desolado cuadro del padre "no conviviente" para el cual sólo se reservan las "visitas" y el pago de los llamados "alimentos". 

Generalmente es la madre quien queda con la tenencia de los hijos, y también con todas las responsabilidades que las tareas de crianza implican. Los "alimentos" en breve resultan insuficientes y la madre comienza a alienarse tratando de generar ingresos y de criar a la vez, volcando su ira contra su ex-cónyuge, alimentando culpas con los hijos y postergando su propia vida afectiva y personal.

La tenencia compartida, para situaciones como la descrita, se presenta como una opción superadora que permite que el padre pueda seguir criando a los hijos pese al divorcio; que la madre tenga el "confort psicológico" de no asumir sola todas las responsabilidades de la crianza, y que los hijos no pierdan a ninguno de sus padres en su rol de criador activo.


Asociación De Nuevos Padres


Asociación de Nuevos Padres





lunes, 21 de diciembre de 2015

Transcurrida la jornada electoral, ninguno de los candidatos ha dado contestación a las cartas que les enviamos para tratar el tema de la Custodia Compartida.

Transcurrida la jornada electoral, ninguno de los candidatos ha dado contestación a las cartas que les enviamos para tratar el tema de la Custodia Compartida. 

Nos parece lamentable no ya que no les den respuesta a las cartas, pues podríamos entender que estén muy ocupados. Lo que no es de ningún modo admisible es el silencio administrativo que ha reinado durante esta campaña electoral en lo que concierne al tema de la Custodia Compartida.

Puede ser incomodo tratarlo, dado el poder de algunos lobbies en torno a los temas de igualdad, pero no por ello desaparece este tremendo problema social que afecta a miles y miles de familias en nuestro país. Quizás los partidos políticos deberían plantearse que la desconexión de la sociedad y la indefinición política produce según que consecuencias electorales.





viernes, 18 de diciembre de 2015

"LOLO RICO" directora del mítico programa: LA BOLA DE CRISTAL, SE UNIÓ CON UN MANIFIESTO A LA CONCENTRACIÓN DE CIBELES. LO LEYÓ EL CULTURAL Y POPULAR ARTISTA DE IZQUIERDAS: LICHIS

La cineasta,escritora, realizadora "LOLO RICO" directora del mítico programa: LA BOLA DE CRISTAL, SE UNIÓ A LA CONCENTRACIÓN DE CIBELES.


Manifiesto de Lolo Rico que leyó el cultural artista Miguel Hernando Lichis, el 4 de ocubre en la concentración de Cibeles en pro de la Custodia Compartida.


Yo, Lolo Rico, mujer y de izquierdas, me uno a ésta concentración. NO A DEFENER LOS DERECHOS DE LOS MAYORES, QUE ESO LO PUEDEN HACER ELLOS. SÍ, EL DERECHO DE LOS MENORES.

Personalmente, en este asunto, como mujer me siento obligada a “arrimar el ascua a mi sardina”. No obstante, no creo faltar a la verdad recordando la larga época de mi vida en que tuve y crié hijos e hijas  -tengo siete-. Recuerdo que entonces era yo quien se ocupaba de ellos, y no mi marido. ¿Por qué vemos tan noble y natural la custodia compartida en las separaciones y no reparamos en que también debería ser compartida la custodia durante la unidad de la pareja? ¿Es razonable que el padre se desentienda del cuidado, la alimentación y la educación de los hijos? ¿Es justo que recaiga tanto esfuerzo solamente en la madre? Creo que no.
Por este motivo no me es posible, teniendo presente la racionalidad de nuestros comportamientos, decidirme a bote pronto en una cuestión tan complicada. Entendimiento, buena voluntad, generosidad y demás cualidades de la buena convivencia, sí, siempre sí, juntos o separados. Los hijos siguen siendo de los dos y juntos o separados nos necesitan. Pienso que el diálogo y la transigencia, que no debe ser nunca la indiferencia o la dejadez, deben mandar en los asuntos de acogida, como en cualquier otro. Es cierto que la pareja ha dejado de quererse y que no quieren saber nada el uno del otro, pero también lo es que los hijos son una “condena a amar”, es decir, que suponen la obligación constante y continua durante toda la vida al amor que sus padres perdieron, pero que ellos hacen de nuevo vigente. También es cierto que por el hecho de ser madre no hay que obviar al padre de ninguna manera, sino fomentar la unidad.
Amor, cuanto más mejor, sin mezquindades y sin cálculos económicos.
Como síntesis yo diría, sin dudarlo, la custodia compartida siempre, desde que los hijos nacen hasta que se independizan, y después, ¿cómo dejar el amor en un cajón, si nos condenamos a él, al amor, cuando tomamos la decisión de ampliar la familia?

El amor de los hijos no puede dejarse en el cajón de la cómoda, ni el padre guardarlo en el cajón de la comodidad. Y el cajón no debe cerrarse jamás.



A

martes, 15 de diciembre de 2015

Enviada la carta a Pablo Iglesias (14-12-2015) consultándole acerca de la reticente postura del PODEMOS a la Custodia Compartida. Hemos solicitado una entrevista con el líder del PODEMOS para poder exponer nuestras razones sobre porque la Izquierda debería reconsiderar su postura en este tema. Os mantendremos informados.

Enviada la carta a Pedro Sanchez (14-12-2015) consultándole acerca de la reticente postura del PSOE a la Custodia Compartida. Hemos solicitado una entrevista con el líder del PSOE para poder exponer nuestras razones sobre porque la Izquierda debería reconsiderar su postura en este tema. Os mantendremos informados.

jueves, 10 de diciembre de 2015

Interesante reflexión de Pepa Bueno en "Hoy por Hoy" sobre la desconexión de la sociedad de los partidos políticos tradicionales .

http://cadenaser.com/programa/2015/12/09/hoy_por_hoy/1449641837_368812.html



miércoles, 9 de diciembre de 2015

Enviada la primera carta a Alberto Garzón (04-12-2015) consultándole acerca de la postura reticente de IU a la Custodia Compartida. Hemos solicitado una entrevista con el líder de IU para poder exponer nuestras razones sobre porque la Izquierda debería reconsiderar su postura en este tema. Os mantendremos informados.



Interesante articulo sobre el papel que los padres y madres deben jugar en un proceso de divorcio respecto a sus hijos:

http://www.serpadres.es/familia/tiempo-libre/articulo/137129-divorcio-con-hijos-los-ninos-no-pueden-ser-trofeos-de-guerra

viernes, 4 de diciembre de 2015

La CUSTODIA COMPARTIDA a debate en RNE "El Canto del grillo"

La CUSTODIA COMPARTIDA a debate en RNE "El Canto del grillo"
Invitado Pascual convocante de la concentración de la Cibeles del pasado 4 de octubre. Miguel Santiago interviene  por teléfono entre el minuto 24 y el 29 del programa. También interviene por teléfono Santiago Álvarez de custodia compartida por nuestros hijos.


El canto del grillo - En voz alta - Custodias después de una separación, El canto del grillo online, completo y gratis en RTVE.es A la Carta. Todos los programas…
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