EL MAGISTRADO SALINERO ROMÁN PONE EN VALOR LA CUSTODIA
COMPARTIDA
El niño no sufre más por no vivir solo con la madre o el padre,
hay que evitar implicarlo en el conflicto
El
magistrado Francisco Salinero Román de la Audiencia de
Valladolid impartió una charla en el Colegio de
Abogados de Zamora en la que se abordó el modelo de CC en las rupturas de pareja. El magistrado, con amplia experiencia en el derecho de
familia, puso en valor la Custodia Compartida como modelo más deseable cara al
proceso de asimilación de los niños del nuevo marco familiar después de la
ruptura en el seno de la pareja.
“La ruptura de los padres es un trauma en sí mismo para los
hijos, que solo quieren que vuelvan a unirse. De modo que, la custodia
compartida lejos de amplificarlo, al implicar a los padres en el cuidado y
atención del menor, contribuye a aliviar el conflicto.. ..El niño no sufre más
por no vivir solo con la madre o el padre, hay que evitar implicarlo en el
conflicto, no usarlo ni dañar la imagen del otro"
En
la entrevista concedida a La Opinión (Correo de Zamora - Susana Arizaga) el
magistrado afirma que la Custodia Compartida reduce el riesgo de aparición de
enfrentamientos entre los padres, también de la violencia entre los progenitores:
“Muchos juristas especializados en familia pretendemos que se
pacifique el conflicto y la custodia compartida es una de las maneras para no
hacerlo tan exacerbado y adversarial. Una mala gestión y una peor solución del
conflicto pueden llegar a incrementar situaciones de violencia en ese
procedimiento judicial hasta en un 40%.. ..Sí, sí, (evita) violencia de género,
del hombre hacia la mujer; o violencia doméstica, de la mujer hacia el hombre e
incluso sobre los niños. Hay aspectos psicológicos, emocionales y sociales de mucha
importancia que no se dan en otro tipo de conflictos..”
El magistrado transmite además la
necesidad e una reforma legal para hacer de la CC el modelo preferente:
“Los estudiosos y
recientemente el Tribunal Supremo han entendido que esta fórmula, este régimen
de custodia compartida es el ordinario, el más favorable y con el que mejor se
beneficia o salvaguarda el interés superior de los menores. Sin embargo, en el
Código Civil actual, en el artículo 92, se concibe con un carácter excepcional,
esa es una de las reformas que hay que hacer. .. ya en
legislaciones autonómicas como en la catalana, la vasca o la aragonesa es el
preferente; el monoparental se adopta solo cuando no hay otra manera de
proteger el interés superior del menor. La jurisprudencia lo interpreta ahora
ya en ese artículo 92 como el que debe adoptarse como normal, por ello hay que
hacer alguna reforma legislativa en ese sentido, ya que algunos artículos
vienen de 1981, cuando se aprobó la Ley del Divorcio.”
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