viernes, 23 de febrero de 2018


El Juzgado de Primera Instancia número 8 de Salamanca acuerda una custodia compartida por semanas.


Despedimos la semana con una buena noticia. Una niña de tres años tendrá Custodia Compartida con sus papás a pesar de la oposición de su madre que sostenía la ya habitual argumentación de los letrados del lobby sobre las malas relaciones entre los progenitores.




El Juzgado de Primera Instancia número 8 de Salamanca acuerda una custodia compartida por semanas. 

22-02-2018 Redacción de Salamanca al Dia RTV

Afecta a una menor de tres años a pesar de la que la madre sostenía que había malas relaciones, que la custodia compartida no daba estabilidad a la hija común, y a pesar de sostener que el padre había vivido en otra provincia


El Juzgado de Primera Instancia Nº 8 de Salamanca  acuerda una custodia compartida por semanas alternas de una menor de tres años a pesar de la que la madre sostenía que había malas relaciones, que la custodia compartida no daba estabilidad a la hija común, y a pesar de sostener que el padre había vivido en otra provincia.

Nuevamente la Asociación Europea de Abogados de Familia (AEAF) consigue una custodia compartida. En este caso el abogado director del procedimiento era Javier María Pérez-Roldán y Suanzes, presidente a su vez de la AEAF. En el presente caso el Juzgado argumenta en contra de los motivos opuestos por la madre para que no se acordara la custodia compartida:

La madre se oponía a la misma por los turnos rotativos del padre (7 días de trabajo-7 días libres), si bien el Juzgado entiende que nada puede oponer por cuanto ella misma trabajaba una semana en horario de mañana y otra en horario de tarde, por lo que la Sentencia establece que es perfectamente aplicable pues facilita que ambos compaginen su vida personal y familiar.

En cuanto a que el padre trabajaba al principio en otra provincia y después solicitara su traslado a Salamanca, no solo no es motivo para denegar la custodia compartida, sino que es un motivo más para acordarla, pues demuestra la capacidad de cuidado del padre, que consiguió tal traslado. La madre alegó que la custodia compartida no daba estabilidad a la menor, pero la Sentencia recuerda que «la Estabilidad supone pautas habituales, rutinas, que también puede tener la menor con este sistema, suficientemente estable, y que no supone el desacarreo continuo de la menor».

Finalmente, en cuanto a los desencuentros o discusiones habidos durante la vigencia de las medidas previas, entiende que «se tratan de discusiones explicables en el ámbito de una ruptura de pareja reciente, sin unas medidas definitivas que establezcan pautas estables que necesita la guarda y custodia de los menores»

Es evidente, pues, que en Salamanca poco a poco se va abriendo paso la custodia compartida, pues el Juzgado de Familia de Salamanca, el nº 8, a pesar del cambio de titular, ahora el Magistrado José Lozano Díaz, mantiene los mismos criterios de flexibilidad. Así es evidente que como ya recordó el Tribunal Supremo, las meras discrepancias sobre la conveniencia de la custodia; o las leves discusiones entre los progenitores, no son suficientes para impedir la Custodia Compartida. Y es que hay que demostrar en cada caso concreto que estas discrepancias o discusiones son más perjudiciales para los menores en un régimen de custodia compartida que en un régimen de custodia exclusiva. Igualmente destaca que cada vez más Juzgados se pronuncian por las consecuencias favorables que tiene la custodia compartida para compaginar la vida personal y familiar de ambos progenitores. Y es que hasta fechas muy recientes se entendía que eran los padres los que debían adaptar sus horarios profesionales a la custodia que judicialmente se fijara, y cada vez se está extendiendo el criterio, más adecuado y flexible, de que es el tipo de custodia el que debe adaptarse a los horarios y condiciones laborales de los progenitores. Y es que al fin y al cabo es lo que hacen las parejas intactas, que hacer uno de parientes o de actividades extraescolares para adaptar al menor a los horarios laborales impuestos por las empresas.


miércoles, 21 de febrero de 2018


«La custodia compartida debe pasar de la excepcionalidad a la regla general»


Hoy nos hacemos eco de este interesante articulo de ABC. El debate se esta produciendo por muchos esfuerzos y recursos que desde ciertos grupos de poder se destinen a evitarlo. Participemos y empujemos para cambiar la situación.


«La custodia compartida debe pasar de la excepcionalidad a la regla general» 



Laura Peraita - ABC - 20/02/2018

Esta misma semana se daba a conocer una sentencia pionera en la Audiencia de Córdoba por la que se obliga a un padre a asumir la custodia compartida de sus dos hijos, el menor de ellos con una discapacidad del 33%. Se trata de la primera vez que se impone en nuestro país que un padre acepte la custodia compartida pese a su oposición.
En los último años, la custodia compartida ha tenido una gran evolución, no sólo a nivel legislativo, sino también jurisprudencial y práctico. En 2005, a raíz de la Ley 15/2005 de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, es cuando se introdujo por primera vez en el ordenamiento jurídico español la posibilidad de fijar una guarda y custodia compartida.

Rol tradicional

En 2016 hubo en nuestro país un total de 96.824 divorcios y la custodia compartida de los hijos fue otorgada en el 28,3% de los casos, cuando en el año anterior se concedió en el 24,7% de las rupturas. Aún así, y siguiendo con las últimas cifras registradas del INE, la custodia exclusiva correspondió a la madre en el 66,2% de los casos y al padre en el 5%. Extremadura, Andalucía y Canarias es donde menos se otorga, con un 15%; mientras que en Cataluña, Baleares, Valencia y País Vasco, donde más, con una media de un 40%.
Esta referencia demuestra que en España, según explica José Luis Sariego, abogado de familias y ex asesor del Consejo General del Poder Judicial, «hay una cultura reinante del siglo XIX y un machismo legislativo porque se protege a las mujeres como las más débiles cuando no siempre es así en todos los casos. La mujer ha evolucionado mucho; ahora ocupa altos puestos en empresas y es muy capaz de tener una posición social importante. Lo que ocurre es que hay un rol tradicional muy arraigado en nuestra sociedad que contribuye a que una madre padezca un fuerte sentimiento de culpabilidad cuando, tras su divorcio, una sentencia otorga la custodia compartida de su hijo también al padre. Se siente señalada, en muchos casos por otras mujeres –matiza–, como si no fuera buena madre, capaz de ocuparse ella sola de atender a su hijo. Esto no debería ser así por muchas razones».

Explica que en la actualidad, poco a poco el padre, por lo general, tiene una presencia más activa en la crianza de los hijos y, en muchos casos, cuando hay un divorcio, la figura paterna desaparece. «Ya no resulta extraño ver padres en las puertas de los colegios o en las consultas del pediatra, algo que no ocurría en generaciones anteriores».
Además, según este letrado, la custodia compartida es una de las herramientas más eficaces para lograr la igualdad de trato entre hombre y mujer. Lo explica con un ejemplo. «Si en una empresa hay a dos mujeres candidatas, ambas con dos hijos, pero una con custodia exclusiva y otra con la compartida, ¿a quién es más fácil que contraten? Seguramente a la que no tiene la exclusiva, puesto que se entiende que tendrá más facilidades y no estará tan esclavizada para poder atender a su prole, por lo que tendrá más posibilidades de desarrollar su carrera profesional».

Mayor equilibrio con ambos progenitores

Aún así, lo que debe primar por encima de todo, es el interés del menor. Ello supone que exista un equilibro para que pueda disfrutar de su figura paterna y materna como referentes en su futuro desarrollo. «Cuando hay una custodia exclusiva, el 99% de las parejas acuden continuamente a juicios por modificación de medidas, ajustes de sentencias, denuncias penales... En el caso de las compartidas solo un 1% requiere de estos juicios porque la pareja está llamada a entenderse, a ponerse de acuerdo por el bienestar de sus hijos. En muchos casos –añade el abogado de Familias–, después de un divorcio la pareja se replantea su vida y el tiempo que pasa con los hijos y se dan cuenta de que apenas están unas horas con ellos, por lo que se esfuerzan en dedicarles más atención».
Los hijos bajo el régimen de custodia compartida son en general más felices por poder distribuir su tiempo con su padre y su madre
Según varios estudios realizados en Suecia, Noruega y Estados Unidos, los hijos bajo el régimen de custodia compartida son en general más felices por poder distribuir su tiempo con su padre y su madre. Es más, en algunos informes se destaca que estos niños suelen respetar más las normas que cuando están solo bajo la custodia exclusiva de una madre o de un padre porque si, por ejemplo, la madre le dice que no le compra un móvil, el padre, que quizá solo ve a su hijo un par de horas al día, no puede negarse a darle todo lo que le pida. «Es decir, las normas de los progenitores entran en contradicción, lo que hará que el niño, desde pequeño no sepa atenderse al cumplimiento y respeto de las mismas», asegura José Luis Sariego.

Negación

No obstante, para otorgar una u otra custodia no hay que olvidar que cada caso es distinto y, tal y como matiza Mariluz García, especialista de Derecho de Familia de Aba Abogadas, el artículo 92.7 delimita claramente «la imposibilidad de fijar una custodia compartida cuando cualquiera de los progenitores estuviera incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivieran con ambos. Tampoco procedería en el caso de existir indicios fundados de violencia doméstica», puntualiza.

Factores decisivos

Alejandro Aradas, abogado especializado en Derecho laboral y civil en A Coruña, insiste en que hasta el año 2005, la atribución de la custodia era siempre para uno de los progenitores, otorgándole al otro el derecho de visitas, «lo que a la larga generaba una desigualdad». A pesar de que la Ley 15/2005 contempló la posibilidad de la custodia compartida, «no debería ser lo excepcional, sino la regla general siempre que no resulte perjudicial para el menor, pues el mantenimiento de la potestad conjunta resulta, sin duda, la mejor solución, puesto que le permite seguir relacionándose de forma estable con ambos progenitores», asegura Aradas.

Añade que para que el juez pueda concederla debe ser solicitada por los dos cónyuges de común acuerdo. No obstante, puede ser concedida cuando lo solicite al menos uno de ellos, siempre que esta decisión vele por el interés del menor.

El código Civil no contiene una lista de criterios para decidir si procede este tipo de custodia, sino que se debe analizar cada caso concreto. En este sentido, apunta que, «en primer lugar, y como medida más importante, no debe existir hostilidad entre los padres, ya que es necesario un grado de entendimiento».
Otro de los factores determinantes es la dedicación que han tenido los progenitores con los hijos en la etapa anterior a la separación, aunque la jurisprudencia utiliza además los siguientes criterios: la relación de los progenitores con el niño; los deseos manifestados por el menor; el número de hijos; el cumplimiento por parte de los progenitores de sus deberes en relación con los hijos y el respeto mutuo en sus relaciones personales y con otras personas que convivan en el hogar familiar; la situación del centro escolar; los acuerdos adoptados por los progenitores; la ubicación de sus respectivos domicilios, horarios y actividades de unos y otros, así como los informes aportados en el proceso judicial.

«El juez, en vista de las pruebas aportadas por las partes puede decidir lo que considere la mejor opción de custodia para el menor», señala Alejandro Aradas.

Se puede establecer la custodia por semanas, meses, trimestres o, incluso, años. «No implica que los menores vivan siempre en el mismo inmueble, aunque han de ser empadronados en un solo domicilio, aquel en el que pase la mayor parte del tiempo, o en el escogido de mutuo acuerdo por los progenitores», puntualiza.
Por otro lado, «puede utilizarse el sistema de la vivienda nido siendo los hijos los que permanecen en el inmueble, ocupando siempre la misma habitación, y los progenitores los que, de manera alterna, residen en el domicilio familiar. En cuanto a los gastos, cada uno de ellos atenderá directamente los alimentos cuando tenga consigo al hijo, siendo los gastos extraordinarios pagados por los dos, como el colegio, excursiones...».


martes, 20 de febrero de 2018


Sentencia pionera: La Audiencia de Córdoba impone la Custodia Compartida.


Esta semana hemos podido ver como un la Audiencia de Córdoba en una sentencia pionera y valiente, imponía una C.C. a una pareja ante la imposibilidad de la madre de ejercer la custodia materna por no poder hacerse cargo de un hijo que padece una discapacidad. 

En la sentencia se puede leer: "Apreciadas las posibilidades e idoneidad de ambos padres a estos efectos (...) Brinda la oportunidad de poner en juego la mejor estrategia y habilidades de conciliación de las partes en beneficio de los menores"

La pregunta es obvia. Si puede imponerse la CC en este caso en beneficio del niño para que esté mejor atendido, ¿qué impide imponerla en los casos en los que el padre desea hacerse cargo de sus hijos en igualdad y la madre lo impide?



Sentencia pionera: La Audiencia de Córdoba impone la custodia compartida - RNE -  18/2/18


La Audiencia de Córdoba ha impuesto a un padre el régimen de custodia compartida sobre los hijos menores, uno de ellos con una grave enfermedad, ante la imposibilidad de la madre de cuidarlos en solitario, pese a que su progenitor no quería. La Asociación Española de Agogados de Familia (Aefa) ha informado en un comunicado que la letrada que ha defendido a la madre ha logrado que el tribunal cordobés siente jurisprudencia "con carácter excepcional" estipulando la custodia compartida de los menores por semanas alternas a pesar de la oposición del padre. 18/2/18

lunes, 19 de febrero de 2018


El infierno de los hombres 'mal divorciados': ruina, chantaje e indefensión



"Lo siento, tu cliente debe negociar lo que pide su exmujer porque sabes que, de lo contrario,el juicio lo tenemos ganado".Así explica Yobana Carril, de Celtius Abogados, lo que le sucede en los juzgados día tras día. Experta en materia de divorcios, define su bufete como un despacho especializado en hombres maltratados por la ley. Lleva más de 20 años defendiendo casos de divorciados que ponen los pelos de punta.

Carril asegura que "se está haciendo una instrumentalización de la ley de violencia de género para obtener beneficios económicos o bien la custodia total del hijo por parte de la mujer". La abogada relata sin pelos en la lengua cómo recibe emails y amenazas diarias de sus compañeros letrados. "Me dicen que no debo preocuparme por mi cliente mientras esté dispuesto a abrir la cartera". Pero, ¿qué ocurre si el hombre considera que esto no es justo y se niega a negociar lo que piden? La letrada asegura que es ahí donde puede comenzar la pesadilla...

Las graves consecuencias de "no ceder"

"Tengo casos estremecedores. Hombres que tienen que dormir en el coche porque no les queda nada". Carril pone de manifiesto la desigualdad jurídica y los privilegios de la mujer en el divorcio sólo por el mero hecho de ser mujer.

"Un chico tenía que pagar a su expareja 1.500 euros mensuales entre manutención y pensión alimenticia. Se quedó en el paro cobrando 800 euros, fue a modificar su situación económica al juzgado, pero debido a la lentitud de la justicia lo perdió todo. Tuvo que esperar un año y medio a que cambiara la retribución que debía darle a su exesposa". Esto sucede porque no existe carácter retroactivo. "Aunque se reclame que está en situación de desempleo, el hombre afectado debe seguir pagando y con recargo de un 30% si se retrasa o no puede abonar la cuantía. Después, cuando logra conseguir que el juzgado reconozca su nueva situación económica, no se le devuelve nada a mi cliente. Es una absoluta injusticia".

Pero la tragedia y el infierno por el que pasan los hombres tras un mal divorcio puede ir a mayores. "Lo peor llega cuando hay rencillas emocionales, la expareja denuncia abusos sexuales, violación o, en el mejor de los casos, maltrato psicológico". Es entonces cuando el divorcio pasa del juzgado de lo civil al de violencia de género. "Ahí el hombre ya está perdido. Hasta que salga el juicio pueden pasar tres años. Esto se da más cuando la madre quiere la custodia total de los hijos. Hasta que haya una sentencia firme, el hombre no podría ver a sus hijos y otros van directos a prisión provisional", afirma contundente esta abogada.

Vidas destrozadas y miedo a casarse.

"Tengo un caso reciente de un chico absuelto de una violación. Su novia lo denunció justo después de dejarla él. Por despecho dijo que la había violado. Él fue a prisión ocho meses y después ella reconoció que era mentira". Tampoco encontraron pruebas, pero "casi nunca investigan", critica Carril. "La reputación de mis clientes, aunque sean inocentes, está en entredicho, sus vidas quedan rotas". La letrada añade que "hace poco un padre se suicidó porque no pudo soportar que su exmujer no le dejara ver a sus hijos. No pudo cumplir con los requisitos económicos que le exigía la parte demandante", añade.

El hombre lo tiene muy negro como se enamore de la chica que no debe.
Estas historias apenas son recogidas en los medios de comunicación, pero el ciudadano de a pie conoce de primera mano la realidad. "Los chicos jóvenes vienen a mi despacho pidiendo asesoramiento antes de casarse, pero no por la separación de bienes, sino por el tema de la custodia compartida o lo que les puede pasar si su pareja se enfada un día y los acusa de algo que no han hecho". Carril nos comenta que "los hombres tienen miedo".

Aunque la prensa no lo cuente, ellos están viendo lo que les sucede a un hermano, un primo, un amigo o a un compañero de trabajo". Le preguntamos a la abogada si tiene hijos. "Sí, uno de 21 años y estoy asustada por él, lo tiene muy negro como se enamore de la chica que no debe". La experimentada abogada sabe de lo que habla, y lanza un mensaje rotundo. "España tiene que aprender a divorciarse".

Asociaciones que ayudan a los 'mal divorciados'

No es la única que lucha por estas terribles experiencias de hombres divorciados. Existen asociaciones de padres divorciados en España que asesoran jurídica y psicológicamente a los varones que buscan ayuda tras una ruptura sentimental. Asepadi es una asociación madrileña que trata casos de padres divorciados.

Vienen a confirmar lo que la abogada describe. "No sólo tienen que lidiar con la separación de su pareja sentimental, también se les presenta un cambio económico radical. Deberán hacer frente a las pensiones alimenticias y a la manutención que dictaminen las sentencias y así llegamos hasta casos de padres que viven en su coche, no les ha quedado nada".

El objetivo de Asepadi para poner fin al desastre financiero al que se enfrenta el hombre es muy claro: luchar por la custodia compartida. Según Diego Rodríguez, el tesorero de la asociación, "el hecho de que le otorguen la custodia a la madre obliga al padre a abandonar el domicilio conyugal y a pasar una pensión alimenticia y, en muchos casos, una ayuda compensatoria para la madre".

Así llegamos hasta la rocambolesca historia de Jorge. Es un afectado más de las medidas preventivas que se toman hasta que sale el juicio y se determinan las condiciones del divorcio. Este trabajador madrileño acudió a Asepadi solicitando ayuda desesperadamente. "Ha conseguido, hasta que salga el juicio, la custodia compartida de facto. Tiene a su hija de un año y medio con él la mitad de la semana y aún así tiene que pasar a su exmujer la pensión alimenticia de la menor, estipulada en 250 euros mensuales". Aunque aquí no acaba la cosa. Tal y como denuncia Rodríguez, "Jorge cobra 1.250 euros netos al mes y su expareja 2.100 euros. ¿Por qué tiene que estar pagando esta pensión alimenticia?", pregunta el tesorero de Asepedi. "La concienciación de que el hijo es de los dos parece estar calando en la opinión pública, pero aún hay que hacer más", asevera Rodríguez.

Se ha ganado terreno, pero el 72% de las mujeres todavía logra la custodia los hijos sin esfuerzo ni lucha jurídica.

Según el INE, en 2016 el 28,3% fueron sentencias de custodia compartida frente al 12,2% del 2012. "Se ha ganado terreno, pero todavía se le otorga al 72% de las mujeres la custodia los hijos sin esfuerzo ni lucha jurídica ante sus exmaridos".

Jueces contra la desigualdad de los hombres
Al igual que el despacho de Yobana Carril, el bufete de Francisco Serrano en Sevilla trabaja para reducir la indefensión a la que son sometidos sus clientes ante los tribunales. Parece ser que los casos fraudulentos han aumentado. "Cuando la mujer no consigue la cuantía económica que exige a su exmarido, los bufetes de abogados recomiendan que lo denuncie por violencia de género".

El magistrado, que trabaja ahora como abogado, aclara a Libre Mercadoque "lleva cientos de casos en mi despacho con hombres que han sido absueltos, inocentes que ya tienen su reputación estigmatizada aunque se haya demostrado que nunca hicieron nada. Padres en la miseria, sin casa y sin poder ver a sus hijos". Serrano opina, basándose en su experiencia, que "no sólo el hombre es el perjudicado, también la exmujer y los hijos. Afecta a la sociedad en general porque se crea un incentivo perverso, un juego maléfico que va en contra de las mujeres que realmente son maltratadas".

Al igual que Celtius, el despacho de Serrano ha vivido cómo algunos de sus clientes han terminado por quitarse la vida. "Sergio, un estudiante de Granada de 19 años, se suicidó tras la denuncia interpuesta por su novia, quien decía que la había agredido. La sentencia lo absolvió, pero la presión social que padeció en la Universidad fue insoportable para el chico, que sacaba matrícula de honor. Terminó suicidándose en el piso donde estudiaba su carrera".

"No es el único varón que termina en el cementerio", confirma Serrano. "Recientemente, llevé otro caso espeluznante. Tras 20 denuncias a su exmujer, mi cliente decidió quitarse la vida porque no podía ver a sus hijos. El hombre fue condenado por insultar a su mujer y pedirle ver a sus hijos por el telefonillo de su antiguo domicilio. Tenía una crisis nerviosa, pero no hizo nada más. El incumplimiento de las visitas no es delito penal y muchas madres lo saben", atestigua el juez.

Serrano es contundente con su mensaje. "Hay un auténtico negocio que se lucra y prospera económicamente con la ley de violencia de género. Despachos de abogados, asociaciones que se hacen llamar feministas y organizaciones que saben que cuantas más mujeres tengan en su haber, más subvenciones perciben". El abogado penalista critica, además, cómo los políticos están dividiendo a la sociedad, "Están creando una guerra de sexos absurda e inútil y, encima, con dinero público, con nuestros impuestos. Es lamentable".

martes, 13 de febrero de 2018

Hoy os traemos estas interesantes reflexiones publicadas en "Doble6.com" sobre algunos de los tópicos que muchas veces se esgrimen para atacar la Custodia Compartida


Desmontando los 6 tópicos de la custodia compartida


LEGISLACIÓN. Permite que ambos progenitores tengan el mismo tiempo de educación de sus hijos.

La custodia compartida, es un sistema que permite que ambos progenitores tengan una cantidad igual, o al menos prácticamente idéntica, del tiempo de educación de sus hijos. Los padres comparten en igualdad de condiciones las responsabilidades propias de la crianza de los menores. La inmensa mayoría de los estudios realizados demuestran que es la mejor forma de afrontar la educación de los hijos menores tras el divorcio como explican en Togue's Legal Services. No obstante, se están creando muchos mitos falsos en torno a la custodia compartida, y es que conforme avanza la exigencia social de su establecimiento por defecto en las leyes de los países occidentales, aparecen leyendas urbanas que tratan de desvirtuar dicho sistema. En este artículo, Laia Santamaria, de Togue’s Legal Services, se ha propuesto desgranar algunos de estos tópicos:

 1º: Los niños necesitan la estabilidad de una sola casa

Es completamente cierto que los niños, al igual que los adultos, necesitan estabilidad en sus vidas, pero ello no tiene por qué implicar vivir en exclusiva en una casa o un entorno familiar. Los estudios concluyen que para un niño menor perder el contacto diario con un padre que anteriormente había sido una parte importante de su vida, o que, estando ahí, es marginado, es mucho más desestabilizador que vivir en dos hogares. La custodia compartida permite la relación entre padres e hijos permanezcan intactas y evitan la sensación de desamparo paternal que puede surgir tras al divorcio.

2º: La custodia compartida sólo funciona si ambos padres tienen buena relación

Esto es cierto a medias. El principal conflicto entre los padres que se están divorciando suele ser el desequilibrio familiar y personal que se produce durante el proceso de divorcio.

Los estudios nos indican que sólo en casos en los que se pueda demostrar que existe un riesgo cierto e irrefutable de que un niño puede estar en peligro si permanece con uno de los progenitores puede existir dicho conflicto, pero si no lo hay, este conflicto desaparece, porque es un imperativo legal. El hecho que exista un cierto conflicto puntual, que surja en el proceso de divorcio derivado de discrepancias entre las partes, por ejemplo, uno quiere quedarse con la casa y el otro no, uno quiere mayor pensión y otro no quiere abonarla, son conflictos que no deben influir en la premisa de otorgar la custodia compartida, porque ésta la más beneficiosa para los menores y debería abstraerse la lucha por los niños de este conflicto surgido entre los progenitores. Resulta obvio y comprensible que los hijos son más felices si comparten su tiempo de forma igualitaria con ambos padres, de este modo no sentirán que alguno de los dos le ha abandonado, y tendrán la oportunidad de crecer con ambos por igual.

 3º: Cada caso es un mundo y se debe adaptar a la situación concreta.

Lo cierto es que no podemos tener una custodia compartida única para todos los casos, lo idóneo es, a partir de modelos estandarizados de custodia, realizar variables para adaptarlas a las necesidades de los hijos. Hasta los 3 años: recomiendan los estudios realizados alternar un día con cada progenitor y, en vacaciones escolares del menorprolongar este periodo, pero no a más de una semana. A partir de los 3 años, se recomienda por semanas alternas con cada progenitor y las vacaciones por mitades, no obstante estas premisas habrá que adaptarlas a cada realidad familiar.

4º: Los padres piden la custodia compartida para no abonar pensión de alimentos

Esta afirmación es discutible, ya que la custodia compartida implica estar la mitad del tiempo con el niño, durante este periodo el niño come, se ducha, consume luz, se viste… y lo hace en ambas casas. Por ello, es necesario que ambos progenitores tengan ingresos para sostener a su hijo en su hogar. Con este sistema ambos padres deberán tener un hogar para el niño, una habitación preparada para el niño, y deberán correr con todos los gastos que implique tener un hijo.

 5º: Los 'niños maleta'.

Tras un divorcio, sea cual sea el sistema de custodia que se establezca el niño deberá ir de un hogar a otro para poder estar con sus progenitores que ahora ya no conviven juntos.

Con el sistema de custodia exclusivo a favor de un progenitor, habitualmente la madre, el niño debe ir a casa de su padre los fines de semana alternos para que este lo visite durante el “régimen de visitas”, en este sistema resulta obvio que el menor también irá con la maleta para arriba y para abajo cada quince días. Con el sistema de custodia compartida un menor crece en dos hogares de forma equilibrada y previsible, y de este modo producimos en los niños más seguridad y estabilidad, porque ya sabe que tiene la casa de papá y la casa de mamá. O, de sus dos papás o dos mamás, y que cada semana, durante esos 7 días estará con uno o con otro.

 6º: Es más importante la calidad que la cantidad de tiempo que se pasa con los niños

El padre que sólo puede estar con sus hijos una o dos tardes a la semana y los fines de semana alternos, a menudo se convierte en el padre que “todo lo permite” o el padre que “nunca corrige ni educa sólo premia” a sus hijos porque no tiene tiempo suficiente para intervenir en igualdad de condiciones en la vida diaria de su hijo. El tiempo de calidad con los hijos incluye participar activamente en la vida escolar del hijo, ayudarle con los deberes, enseñarle a vestirse, comer con su hijo, leerle un cuento antes de acostarse… En definitiva convivir con ellos y educarles.


Concluyendo, los estudios y la realidad social nos indica cada vez con mayor claridad que la custodia compartida tiene muchos más elementos favorables para los niños que cualquier otra medida. Estos son 6 de tópicos que se han creado sobre la custodia compartida y que en Togue's Legal Services nos han querido desmitificar en este artículo.

http://pagina66.com/not/113414/desmontando-los-6-topicos-de-la-custodia-compartida